Indemnización por retraso: qué pasa al superar las 3 horas
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En cuanto la llegada real pasa de las 3 horas respecto a la hora prevista, se activa el derecho a indemnización en dinero, con una cantidad fija que depende de la distancia del vuelo, no de lo que costó el billete. El dato que más pasajeros pasan por alto es el momento exacto que cuenta como “llegada”: no es cuando el avión toca pista, sino cuando se abre la primera puerta para desembarcar, y esa diferencia puede decidir si se pasa o no de las tres horas.
El minuto que realmente cuenta
Un avión puede aterrizar a tiempo y quedarse rodando por pista o esperando una posición de desembarque libre durante veinte o treinta minutos más. Ese tiempo cuenta a favor del pasajero: el Tribunal de Justicia de la UE fijó que el retraso se mide hasta que se abre al menos una puerta del avión, no hasta el toque de pista ni hasta el aterrizaje registrado por el sistema de la aerolínea. En un vuelo que llega muy ajustado a las tres horas, comprobar la hora real de apertura de puerta, no la hora de aterrizaje que a veces aparece en la app de seguimiento, puede ser la diferencia entre tener o no tener derecho a indemnización.
Cuánto se puede reclamar según la distancia
| Distancia del vuelo | Indemnización |
|---|---|
| Hasta 1.500 km | 250 € |
| Entre 1.500 y 3.500 km, o cualquier vuelo intracomunitario de más de 1.500 km | 400 € |
| Más de 3.500 km con origen o destino fuera de la UE | 600 €, reducible a 300 € si el retraso a la llegada queda por debajo de las 4 horas |
Estos importes, del Reglamento (CE) 261/2004, son los vigentes en 2026; la reforma aprobada este año no los cambia, solo añade otros derechos nuevos que se explican en el artículo sobre la reforma de 2026.
Antes de las 3 horas también hay derechos, aunque no sean dinero
El umbral de tres horas es solo el que da derecho a indemnización; antes de llegar ahí existen otros derechos de atención que se activan con retrasos más cortos y que dependen de la distancia del vuelo, no de una cifra única. En vuelos de hasta 1.500 km, el derecho a comida, bebida y llamadas aparece ya a partir de las 2 horas de retraso en la salida; en vuelos intracomunitarios de más de 1.500 km o de 1.500 a 3.500 km, a partir de las 3 horas; y en vuelos de más de 3.500 km fuera de la UE, a partir de las 4 horas. Si el retraso obliga a pasar la noche, el alojamiento y el transporte al hotel se suman a partir de ese mismo punto, sin necesidad de llegar a las tres horas de indemnización.
Con conexión, lo que cuenta es la llegada final
Cuando el billete es único y el vuelo retrasado es solo el primer tramo de una conexión, las tres horas no se miden en ese primer tramo sino en la llegada al destino final del billete completo, aunque el segundo vuelo saliera puntual. Es decir, un retraso de una hora en el despegue que hace perder la conexión y añade dos horas más de espera hasta el siguiente vuelo disponible puede sumar perfectamente las tres horas a la llegada, aunque ningún tramo individual las alcance por separado. Esto solo se aplica con una única referencia de reserva; con dos billetes comprados por separado, cada tramo se cuenta de forma independiente y la protección no se traslada de uno a otro.
Que sea un billete barato no cambia nada
En el mostrador de una aerolínea de bajo coste es habitual escuchar que, como el billete costó poco, no hay mucho que reclamar. Eso no es así: el Reglamento no distingue por el precio pagado, solo por la distancia del vuelo y el tiempo de retraso a la llegada. Un billete de 30 euros con tres horas y media de retraso da derecho exactamente a la misma indemnización que uno de 300 euros en la misma ruta. Lo que sí reduce la indemnización a cero son las circunstancias extraordinarias —meteorología severa, una huelga ajena a la propia aerolínea, una restricción del control aéreo, un riesgo de seguridad— y estas se alegan con más frecuencia de la que se aplican correctamente: un fallo técnico del avión, incluso uno recurrente, no cuenta como extraordinario salvo casos muy concretos, así que conviene no aceptar esa respuesta sin pedir el motivo por escrito.
Qué hacer mientras se cumplen las tres horas
Si el retraso ya lleva camino de superar el umbral, conviene ir guardando pruebas desde antes de que se confirme: captura de pantalla del panel de salidas con la hora, y más tarde la tarjeta de embarque con la hora real de llegada. No hace falta esperar en el mostrador para reclamar — se puede hacer después, directamente a la aerolínea, por escrito. Si el retraso además hace perder una conexión posterior en un aeropuerto como Madrid-Barajas, la responsabilidad y los plazos cambian ligeramente; el detalle está explicado en el artículo sobre escalas en Barajas.
Si la aerolínea no responde o la rechaza
La reclamación se dirige primero a la propia aerolínea, normalmente a través de su formulario de atención al cliente, guardando el número de referencia que te den. Si no hay respuesta en un plazo razonable o la rechazan sin justificar bien la causa, la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) es el organismo competente para vuelos con origen en España, y admite la reclamación del pasajero contra la aerolínea. Mientras se resuelve todo esto, suele pasar bastante tiempo en la terminal o en el avión parado; tener ya datos propios activos evita depender del wifi de a bordo o del aeropuerto para hacer el seguimiento del vuelo y de la propia reclamación — las opciones están en la página de planes, y el funcionamiento general de una eSIM en las preguntas frecuentes.
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